TESTIMONIO: VISTO: El estado de abandono que presentan los terrenos baldĦos en la calle 30 entre 25 y 27; 30 entre Uriburu y 17; 20 y 9; y 20 entre 11 y 13 entre otros, como asĦ tambi‚n las casas abandonadas de Uriburu entre 20 y 22; y 30 y 29 entre otras, y el deterioro que exhiben sus veredas, y CONSIDERANDO: Que el estado de abandono de dichos terrenos, casas y veredas constituyen un potencial peligro para la poblaci˘n, pues se convierten en refugio de plagas y/o verdaderos basurales. Que en la mayorĦa de los casos las veredas se encuentran en deficiente estado y/o obstruidas por cercos u otros materiales, con riesgo para el peat˘n que transita por ese lugar. Que existe en vigencia normativa que reglamenta los aspectos referentes al mantenimiento de terrenos baldĦos, casas abandonadas y veredas. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: COMUNICACION N§ 11/00 --------------------- ARTICULO 1.- SolicĦtase al Departamento Ejecutivo Municipal arbitre ------------ los medios necesarios para que se de cumplimiento en forma efectiva a lo establecido por las ordenanzas que reglamentan el mantenimiento de terrenos baldĦos, casas abandonadas y veredas.------- ARTICULO 2.- C£mplase, comunĦquese al Departamento Ejecutivo a sus ------------ efectos, regĦstrese y publĦquese.------------------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesi˘n Ordinaria, a los veintid˘s dĦas del mes de junio de dos mil. FIRMADO: Fabi n D. Ridao - PRESIDENTE - Juan Jos‚ Troya - SECRETARIO.-